viernes, noviembre 30, 2007

Propuesta de RB para Andalucia

Estimados lectores hemos recibido como primica,
la propuesta de LEY, que el Grupo Parlamentario Izquierda Unida- los Verdes - Convocatoria por Andalucia (IU-LV-CA) han presentado en el Parlamento Andaluz. La adjuntamos para que cunda el ejemplo en el resto de Autonomias.


A LA MESA DEL PARLAMENTO

El Grupo Parlamentario IZQUIERDA UNIDA LOS VERDES – CONVOCATORIA POR ANDALUCÍA (IU LV-CA), conforme lo dispuesto en los Artículos 123 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN DE LEY

DE CREACIÓN DE LA RENTA BÁSICA DE CIUDADANÍA EN ANDALUCÍA

Parlamento de Andalucía, a 9 de noviembre de 2007

Portavoz G.P. IU LV-CA

RENTA BASICA.JCP


PROPOSICIÓN DE LEY DE CREACIÓN DE LA RENTA BÁSICA DE CIUDADANÍA EN ANDALUCÍA

INDICE

EXPOSICION DE MOTIVOS.

TÍTULO PRELIMINAR.

De la Renta Básica.

Artículo 1.- Objeto de la protección.

Artículo 2.- Niveles de protección.

Artículo 3.- Personas protegidas.

Artículo 4.- Acción protectora.

TITULO PRIMERO.

De los principios generales de las finalidades.

Artículo 5.- De los principios generales orientadores.

Artículo 6.- De las finalidades que se persiguen.

TÍTULO SEGUNDO.

Artículo 7.- Nacimiento del derecho.

Artículo 8.- Duración del derecho.

Artículo 9.- Cuantía de la prestación.

Artículo 10.- Resolución de la prestación.

Artículo 11.- Extinción del derecho.

Artículo 12.- Automaticidad del derecho a la renta Básica.

Artículo 13.- Articulación de la Renta Básica con las prestaciones sociales vigentes.

Artículo 14.- Financiación de la renta Básica.

Artículo 15.- Gestión de las prestaciones.

DISPOSICION ADICIONAL.

Sobre la articulación da la Renta Básica con el sistema fiscal.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA.

DISPOSICIÓN FINAL.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Ya hace años que se ha instalado en el centro de la opinión pública la idea de que el desarrollo y el crecimiento económico de la mayoría de los países continentales es un hecho irreversible, y que la liberalización y la globalización económicas han sido las responsables de la prosperidad económica y del inicio de una era en la que el pleno empleo y el control de la inflación se convertirán en realidad.

Pero si bien es cierto que durante la última década los países más desarrollados han registrado crecimientos importantes, las desigualdades sociales injustas, como el paro, la pobreza, y la falta de autonomía y libertad real de amplios sectores de la población —especialmente de las capas menos privilegiadas— están lejos de ser fenómenos que hayan desaparecido o que estén en vías de erradicarse en los próximos años.

La Constitución Española, en su artículo 9, establece la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; así como para remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social, y, en consecuencia, requiere avanzar en la lucha para la erradicación real de la pobreza en que vive una parte importante de nuestra sociedad.

La Junta de Andalucía tiene transferidas todas las competencias en materia de servicios sociales, tal y como se reconoce el artículo 60.1. del Estatuto de Autonomía para Andalucía, recientemente aprobado.

Igualmente, en el Estatuto de Autonomía para Andalucía se contempla específicamente el derecho de los andaluces a una Renta Básica, concretamente el Artículo 23.2. dice textualmente: “Todos tienen derecho a una renta básica que garantice unas condiciones de vida digna y a recibirla, en caso de necesidad, de los poderes públicos con arreglo a lo dispuesto en la ley.”

Si definimos el umbral de la pobreza como el 50% del ingreso medio, por debajo del cual se considera que una persona es pobre, hoy en día la Unión Europea tiene en torno a un 15% de su población en una situación de pobreza, un porcentaje sensiblemente inferior al del conjunto del territorio del Estado Español (alrededor del 20%).

La situación de pobreza en Andalucía alcanza a más del 18% de la población, teniendo en cuenta como criterio de situación de pobreza, que los ingresos per cápita sean inferiores al del 50% de la media andaluza. Si se consideran la media de ingresos per cápita del conjunto del Estado Español, que lógicamente es nuestro entorno social, económico y constitucional, estaríamos hablando de cerca del 30% de la población andaluza, en torno a dos millones de personas, un porcentaje de la población que se ha mantenido casi constante a lo largo de los últimos veinte años. Durante este tiempo, las coyunturas económicas han variado, pero no se ha modificado sustancialmente la proporción de la población que vive por debajo del umbral de la pobreza. No estamos, consecuentemente, ante un fenómeno social más o menos pasajero.

Este índice de pobreza tampoco parece haber experimentado una mejora significativa como consecuencia de las políticas sociales y laborales practicadas, ni con los instrumentos legislativos aprobados a tal efecto, ni con las rentas mínimas de inserción como mecanismo de prevención de la pobreza.

En el conjunto de Andalucía se vienen estimando en estos últimos años unas 17.000 solicitudes del Salario social.

En Andalucía viven ciudadanos nacidos en otros países, inmigrantes huyendo de sus países de origen, de la miseria, de las guerras o de las condiciones políticas de falta de libertad y democracia y que muchos de ellos, una vez aquí no encuentran trabajo, ni tienen ingresos, unos con papeles y otros muchos sin ellos, que no pueden acceder al salario social.

Los requisitos para acceder al Salario Social para los ciudadanos de origen andaluz, son muy restrictivos, de tal forma que son disuasorios para su solicitud y dejan fuera a más de la mitad de la población carente de medios económicos en toda Andalucía, convirtiéndolo de esta manera en un instrumento ineficaz, para una política verdadera contra la pobreza y por la inclusión social, porque además se ha aplicado sin ninguna coordinación con los Ayuntamientos. A los ciudadanos inmigrantes que viven y trabajan en Andalucía, simplemente se les excluye de este derecho.

El Salario Social (Programa de Solidaridad de los Andaluces), no responde en la práctica a los objetivos que el texto legal enuncia y constituye un conjunto de prestaciones más de tipo coyuntural, no dirigidas a la raíz del problema de la pobreza y la marginación, que se caracteriza por:

- La mera prestación, sin estar acompañada de un plan familiar de inserción. No es eficaz.

- El exceso de burocratización en la tramitación y resolución.

- Haber acentuado la frustración social ante la ausencia de inserción laboral de los beneficiarios.

Las personas en situación de pobreza, personas con discapacidad, los mayores, los que tienen problemas de drogodependencia, los parados e incluso trabajadores con empleos precarios o sumergidos, jóvenes sin empleo, mujeres con cargas familiares no compartidas o separadas en situación de paro a las que no se les pasa la pensiones de alimentos a las que tienen derecho, los inmigrantes, son todos ellos colectivos sociales en riesgo de exclusión social.

Las personas en situación o en riesgo de exclusión social, no solamente padecen insuficiencia de recursos económicos, sino que además están excluidos en la participación del mundo social y laboral y tienen dificultades de acceder a otros bienes básicos como la vivienda, la educación, la cultura y otros servicios generales.

En Andalucía correspondiente al ejercicio de 2.004 se vieron beneficiados por las siguientes prestaciones:

- F.A.S. Por enfermedad 12.137 personas y por ancianidad 2.893.

- L.I.S.M.I. 12.338 personas.

- P.N.C. Por invalidez 59.188 personas y por invalidez 51. 031 personas.

- Ayuda Social Económica a pensiones de viudedad 108.408 personas

Los beneficiarios correspondientes a prestaciones oficiales alcanzan a cerca de 268.000 personas, sin tener en cuenta los colectivos y personas a los que no llega este tipo de prestaciones oficiales.

En el mejor de los casos de todas estas prestaciones, las mas altas son las pensiones no contributivas que, cuando no hay reducción, la cuantía asciende 4.131 euros al año (301,5 euros por 14 pagas) y en el caso de la pensión de viudedad que dependía de la consideración de la cuantía mínima de la misma, a la que se la asignó una ayuda de 112 euros al año por la Junta de Andalucía y que ya se eliminó para el ejercicio de 2.005 y sucesivos.

Si hubiera que establecer un nivel de umbral de pobreza, con el indicador de renta de suficiencia (IRS) de en torno a los 7.150 euros anuales, en Andalucía cerca de 2.000.000 de personas estarían por debajo de ese umbral y de ellas unas 300.000 en situación de exclusión social.

Este sistema actual de prestaciones sociales resulta excesivamente fragmentado para alcanzar sus objetivos. Muchos expertos hace tiempo que reclaman un mayor grado de coherencia e integración entre los distintos programas de prestaciones sociales, dirigidos a evitar la falta de ingresos y, entre éstos y algunas medidas que, como el mínimo vital del IRPF, son vinculadas a través del sistema fiscal. Actualmente, esta falta de integración y coherencia permite numerosos agravios comparativos e inconsistencias entre las medidas dirigidas a los distintos colectivos protegidos por programas de prestaciones sociales, así como entre éstos y los declarantes de IRPF, que a menudo reciben deducciones o desgravaciones por importe superior al de algunas prestaciones sociales para personas sin rentas.

Además, las prestaciones y subsidios condicionados al hecho de haber trabajado o por encontrarse en una determinada situación socioeconómica, propios del actual Estado del Bienestar, en tanto que incompatibles con el trabajo remunerado, inciden en el mercado laboral de forma diversa y, en algunos casos de forma negativa, favoreciendo el trabajo no declarado y desincentivando, especialmente, el trabajo a tiempo parcial.

Resulta necesario, por lo tanto, constatar que el actual sistema de prestaciones económicas condicionadas, aunque ha contribuido y contribuye a paliar parcialmente esta falta de ingresos económicos en situaciones de desocupación y/o imposibilidad de trabajar, es insuficiente para resolver la situación de pobreza en que malvive una importante parte de nuestra población, y por ello es necesario replantear la actual política de prestaciones y subsidios económicos condicionados, para intentar hacer frente y resolver esta situación de pobreza.

Junto a la situación descrita, la precariedad laboral continúa siendo muy elevada y el descontento con el trabajo remunerado también está muy extendido (causa, como es bien sabido y como remarcan muchos expertos, de grandes ineficacias laborales y económicas). A la vez, la creciente complejidad y diversidad de las formas de convivencia familiar, así como de los estilos de vida en general en nuestra sociedad, hacen cada vez más necesaria una cierta individualización de los derechos sociales y económicos, si se quiere garantizar un cierto nivel de autonomía individual y libertad real para que los ciudadanos —especialmente, las mujeres y los jóvenes— sean capaces de elegir sus propios proyectos de vida.

Todas estas realidades —pobreza, precariedad y descontento laboral, falta de autonomía, fragmentación e ineficacia de las prestaciones condicionadas— forman el sustrato y la razón de ser de la presente Proposición de Ley.

Sin embargo, hay que tener en cuenta otras consideraciones. El trabajo ha sido considerado, hasta los años sesenta, equivalente a trabajo asalariado o remunerado en el mercado. En otras palabras, el trabajo relacionado con la producción de mercancías.

El trabajo asalariado es un subconjunto del trabajo remunerado en el mercado. El trabajo asalariado es una forma de trabajo, muy importante, sin duda, pero sólo una forma de trabajo. Considerar que el trabajo asalariado es la única forma de trabajo significa estipular que otras actividades, como el trabajo doméstico y la atención de los demás, o el trabajo voluntario no remunerado, no lo son. En realidad, si el trabajo asalariado o por cuenta ajena fuese la única actividad que estuviera incluida en la definición de trabajo, ello comportaría la injustificada afirmación de que en el espacio económico andaluz habría actualmente entre un 35 y un 40% de personas «trabajando». Consecuentemente, se deduciría que el 60 ó 65% restante «no trabaja». La valoración social de los trabajos no remunerados en el mercado está aumentando en los últimos años.

Hay, por tanto, buenas razones para pensar que la tipología del trabajo se puede dividir en: trabajo con remuneración en el mercado, trabajo doméstico y de atención a los demás, y trabajo voluntario. Las tres clases de trabajo citadas son necesarias para el funcionamiento de nuestra sociedad y esta constatación impregna cada vez más nuestro tejido social.

Actualmente, sin embargo, muchas personas no tienen la libertad real de elegir entre los tres tipos de trabajos citados, o de optar por la combinación de los mismos que prefieran en cada una de las etapas de su proyecto vital. Incluso si sólo nos fijamos en el trabajo remunerado —o empleo formal—, nos encontramos con la paradoja de que muchos ciudadanos que querrían dedicarle más tiempo no pueden y se encuentran en paro o en empleos que no desean, a la vez que otros que querrían dedicarle menos tiempo tampoco encuentran las fórmulas para hacerlo —como serían el empleo a tiempo parcial o las interrupciones temporales de la carrera profesional— sin experimentar una fuerte caída de sus ingresos. Esta situación constituye, ciertamente, una grave insuficiencia de nuestro mercado de trabajo que no da la suficiente libertad y oportunidades a los agentes para que la oferta y la demanda de empleo se ajusten adecuadamente.

En cualquier caso para el ejercicio efectivo de los derechos de ciudadanía, es necesario que todas las personas cuenten con los recursos económicos suficientes para poder llevar a cabo una vida autónoma, digna y de calidad, lo cual a su vez depende del acceso al mercado de trabajo, todo ello en aras a facilitar la integración social.

Pero somos conscientes de que, además, los poderes públicos deben garantizar derechos sociales básicos a todas las personas, para una verdadera y plena integración social, y para ello hay que permitir: una protección social suficiente, protección de la salud y la atención y prestaciones sanitarias adecuadas, una educación de calidad, una vivienda digna y adecuada, un medio ambiente protegido; derechos todos estos que deben ser objeto de respeto y promoción de los poderes públicos en Andalucía.

Por todos los motivos expuestos anteriormente se propone el establecimiento de una Renta Básica de Ciudadanía, definida como un ingreso económico pagado por el sector público a cada ciudadano y ciudadana de pleno derecho, independientemente de su relación pasada, presente o futura con el trabajo remunerado, de otras posibles fuentes de renta que pueda poseer y sin tener en cuenta con quien conviva.

La cuantía de esta Renta Básica de Ciudadanía que se establece en la presente Proposición de Ley siempre estará por encima del umbral de la pobreza y sus principios serán: acabar con la pobreza, evitar la estigmatización de aquella parte de la población que depende de prestaciones asistenciales para subsistir, incrementar el grado de autonomía y de libertad real de gran parte de la población en sus elecciones de participación en el mercado laboral y de estilo de vida en general, unificar y racionalizar el sistema de prestaciones sociales, conseguir una mayor integración entre este último y el sistema fiscal, y posibilitar un funcionamiento más eficiente del mercado laboral.

La creación de esta Renta Básica de Ciudadanía, en tanto que comporta una modificación en profundidad del actual sistema de protección pública, requiere tomar las medidas de carácter legal, fiscal, económico-financiera y de gestión que necesariamente tienen que ser tenidas en cuenta en el momento en que se promulgue la Ley que establece dicha Renta, así como los regímenes transitorios imprescindibles para su implantación.

TÍTULO PRELIMINAR

De la Renta Básica

Artículo 1. Objeto de la protección.

La presente Ley de creación de la Renta Básica tiene por objeto el establecimiento de una prestación económica, una Renta Básica de Ciudadanía, que se hará efectiva a cada ciudadano y cada ciudadana de pleno derecho que pueda acreditar su residencia habitual en Andalucía, independientemente de su relación pasada, presente o futura con el trabajo remunerado, independientemente de otras posibles fuentes de renta que pueda poseer y sin importar con quien conviva.

Artículo 2. Niveles de protección.

1. La Renta Básica se hará efectiva a todos y cada uno de los ciudadanos y ciudadanas de pleno derecho que acrediten su residencia habitual en territorio andaluz, desde el momento de su nacimiento y durante toda su vida, cuya cuantía nunca será inferior al umbral de la pobreza, excepto las cuantías que se podrán establecer para los menores de dieciocho años.

2. El criterio de la edad para el establecimiento de distintas cuantías de la Renta Básica sólo podrá comportar la existencia de tres grupos de perceptores:

a) Personas menores de dieciocho años.

b) Personas de entre dieciocho y sesenta y cinco años.

c) Personas mayores de sesenta y cinco años.

3. La Renta Básica se hará efectiva mensualmente y durante los doce meses del año.

Artículo 3. Personas protegidas.

El derecho a la percepción de la Renta Básica de Ciudadanía es inherente a la condición de ciudadano y de ciudadana de pleno derecho, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.1. de la Constitución Española y del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Este derecho sólo se podrá ejercer cuando se acredite la residencia habitual en territorio andaluz tal y como se determine reglamentariamente.

Artículo 4. Acción protectora.

La Renta Básica de Ciudadanía es la prestación económica que se hará efectiva en la cuantía y condiciones establecidas en la presente Ley.

TÍTULO PRIMERO

De los principios generales y de las finalidades

Artículo 5. De los principios generales orientadores.

Los principios básicos de la Renta Básica serán:

a) El carácter universal de la prestación económica.

b) El carácter individual.

c) El carácter no condicionado al hecho de haber trabajado remuneradamente o de estar dispuesto a hacerlo.

d) El carácter no condicionado a los ingresos económicos o rentas que se tengan, ya sean personales o familiares, sin perjuicio de que estos ingresos estén gravados por los impuestos correspondientes que la normativa fiscal establezca.

Artículo 6. De las finalidades que se persiguen.

Mediante la creación de la Renta Básica se persiguen las siguientes finalidades:

a) Acabar con las situaciones de pobreza.

b) Evitar la estigmatización de aquella parte de la población que depende de las prestaciones asistenciales para subsistir.

c) Incrementar el grado de autonomía y libertad real de buena parte de la población en su elección de participación en el mercado laboral y de proyectos de vida en general.

d) Racionalizar el sistema de prestaciones y subsidios condicionados del actual Estado del Bienestar en la línea de una menor fragmentación y de una mayor coherencia.

e) Evitar los efectos perversos que el actual sistema tiene en la existencia de determinados casos de fraude, de desincentivos al empleo y de falta de cobertura.

f) Avanzar en la integración y la coherencia entre el sistema fiscal y el de prestaciones sociales.

TÍTULO SEGUNDO

Régimen de las prestaciones

Artículo 7. Nacimiento del derecho.

El derecho a percibir la prestación económica de la Renta Básica se inicia con el nacimiento o la obtención de la condición de ciudadano de pleno derecho.

Artículo 8. Duración del derecho.

El derecho a la Renta Básica se mantendrá a lo largo de toda la vida del perceptor.

Artículo 9. Cuantía de la prestación económica.

1. La prestación económica de la Renta Básica no podrá ser nunca inferior a la cantidad económica que conforma el umbral de la pobreza de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Esta cifra se determinará cada cinco años y será revisada anualmente según el IPC que se vaya produciendo en Andalucía.

2. Para las personas mayores de dieciocho años, la cuantía de la prestación económica mensual será, como mínimo, del 100% de la cantidad que conforma el umbral de la pobreza.

3. Para las personas menores de dieciocho años, la cuantía de la prestación económica mensual será, como mínimo, del 50% de la cantidad que conforma el umbral de la pobreza.

Artículo 10. Resolución de la prestación.

Las solicitudes de la prestación económica de la Renta Básica de Ciudadanía serán resueltas por el organismo competente en un plazo inferior a tres meses.

Artículo 11. Extinción del derecho.

Desde el nacimiento y hasta la muerte, el derecho a la percepción de la Renta Básica sólo se podrá extinguir como consecuencia de la pérdida de la condición de ciudadano de pleno derecho.

Artículo 12. Automaticidad del derecho a la Renta Básica.

La entidad gestora correspondiente del Gobierno Andaluz, hará el pago de la prestación económica a todos y cada uno de los ciudadanos y ciudadanas de pleno derecho que acrediten su residencia habitual en Andalucía, en los términos que se establezcan reglamentariamente.

Artículo 13. Articulación de la Renta Básica con las prestaciones sociales vigentes.

Se podrá considerar que la Renta Básica queda ya satisfecha en el caso de todas aquellas prestaciones económicas derivadas de las contingencias previstas en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado mediante Real Decreto 1/1994, de 20 de junio, así como de las derivadas de cualquier ayuda económica de carácter social, personal y no contributiva hecha efectiva por el Estado, la Comunidad Autónoma de Andalucía, las entidades de la Administración Local o cualquier otra Administración Pública, siempre que estas prestaciones y ayudas sean de cuantía superior a la de la Renta Básica. En caso contrario, serán sustituidas por la Renta Básica o bien completadas hasta la cuantía de ésta.

Artículo 14. Financiación de la Renta Básica.

1. El coste de la Renta Básica se financiará con cargo a los Presupuestos Generales de la Junta de Andalucía, independientemente de que el Gobierno Andaluz, en el marco del sistema de financiación de las comunidades autónomas, pueda obtener financiación para facilitar la Renta Básica.

2. El ahorro producido en la Seguridad Social y en otros organismos o administraciones del Estado por la integración de prestaciones citada en el artículo 12 será reembolsado a la Junta de Andalucía para financiar la Renta Básica.

Artículo 15.- Gestión de la Prestación.

1. El pago y la gestión de la Renta Básica recaerá en el Gobierno Andaluz, que será la administración gestora de la Renta Básica de Ciudadanía.

2. La Administración de la Junta de Andalucía consignará en sus presupuestos anuales la cantidad total para la financiación de la Renta Básica.

Disposición adicional

Sobre la articulación de la Renta Básica con el sistema fiscal.

El Gobierno Andaluz promoverá las acciones necesarias ante la Administración General del Estado para:

1. Que las prestaciones económicas de la Renta Básica, no tengan el carácter de renta a los efectos de la aplicación de la normativa legal del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas o de cualquier otra figura tributaria que en el futuro la sustituya parcial o totalmente.

2. Que cualquier deducción en la base o desgravación en la cuota del IRPF, ya sea en concepto de "mínimo vital" o cualquier otro, sea considerado como parte integrante de la Renta Básica y quedar, por tanto, integrada dentro de esta o ser directamente sustituida por la misma.

3. Que en el caso de las deducciones en la base del impuesto como el "mínimo vital" y similares, la cuantía a tener en cuenta que sea el equivalente a la diferencia entre la cuota que se pagaría sin aplicar las deducciones y la de resulta de aplicarlas.

4.- Que se proceda a la modificación del Texto Refundido del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo, en materia de rentas exentas, que permita que dicha Renta Básica de Ciudadanía quede exenta.

Disposición derogatoria

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presenta Ley.

Disposición final

La presente Ley entrará en vigor a los seis meses de su aprobación.

Parlamento de Andalucía, a 9 de noviembre de 2007

TALLER DE DISCUSIÓN EN ARGENTINA

Nos ha llegado, noticia de un taller que tendrá lugare en Buenos Aires, sobre la RB, que pasamos a comunicar a todos nuestros lectores.





REDAIC y CEIL-PIETTE INVITAN
Taller de discusión
"¿Garantizar el empleo o los ingresos?"
Un debate para Argentina de las propuestas del Ingreso
Ciudadano y el Estado como Empleador de Última Instancia
Jueves 13 de diciembre - 16:30hs
Saavedra 15 - Ciudad de Buenos Aires
Sala de Conferencias - 6º Piso
Convocan y organizan: REDAIC (Red Argentina de Ingreso Ciudadano) y CEIL-PIETTE (Centro de Estudios e Investigaciones Laborales - Programa de Investigaciones Económicas sobre Tecnología, Trabajo y Empleo)

miércoles, noviembre 28, 2007

¿Que prefieres tener fortuna o ser afortunado?

Con este eslogan publicitario nos bombardean unos anuncios en la televisión, pero este eslogan nos invita a la reflexión, y es precisamente por esto que hemos escogido para este articulo, porque muchas veces se confunden conceptos sin los cuales no se puede entender la propuesta de la Renta Básica y muchas veces estos conceptos son utilizados por personas que nos inducen a confusión, para según su ideario político aprovecharse de varios de los pecados capitales, entre ellos la envidia para captar adeptos.

El clarificar conceptos evita que cuando se hable de una palabra no den lugar a malas interpretaciones.

Cuando vemos el anuncio en cuestión, se dan quince segundos para la respuesta y obviamente el que no es capaz de contestar en quince segundos es que no es capaz de comprender la capciosa pregunta.

La respuesta resulta obvia, aunque me imagino que habrá personas que no estén de acuerdo, para ello les brindamos este BLOG

De que te sirve la fortuna si no eres afortunado, es decir el que es afortunado puede tener fortuna, el que no es afortunado, puede perderla, puede ponerse enfermo, En definitiva de que te sirve la fortuna si no puedes disfrutar de ella.

Cuando nos referimos a una persona rica ¿A que nos referimos?

Para mi una persona rica es una persona que disfruta de una vida plena.

Nota: disponer de una vida plena no se circunscribe a tener dinero. La persona que tiene dinero tiene más posibilidades de tener una vida plena pero aquella que no es feliz con un coche no va a ser más feliz por tener dos coches, aquella persona que no es feliz con una casa no va a ser más feliz con dos.

No obstante para disfrutar de una vida plena una persona debe de tener cubiertas sus necesidades básicas.

Para aquellos que todavía no lo hayan comprendido

Cada persona es única, la Renta Básica permite que cada persona aporte lo mejor de si misma, todas su capacidad al estado de bienestar. Lo importante no es el dinero que cada persona puede ganar o gastar, lo importante es que cada persona sea capaz de tener una vida plena.

Lo que nos conduce a que gracias a la Renta Básica cada persona pueda realizar lo que desee para sentirse satisfecho al tener sus necesidades básicas cubiertas.

Hace poco pude ver un documental sobre una tradicional Alfarería de Almería, donde toda la familia trabajaba en la Alfarería, preguntado al hijo más joven este reconocía que si hubiese estudiado quizás podría haber sido ingeniero y tener un mayor holgura económica como algunos compañeros, pero el se sentía satisfecho por tener un trabajo, donde podía desarrollar toda su creatividad y se sentía realizado siguiendo la tradición familiar.

La renta básica apoyaría en gran medida estas profesiones ya que aseguran el mínimo para disponer de una vida digna, a la vez que permiten que cada persona le saque el mayor partido a su capacidad. Es decir permite entre otras cosas mantener una economía rural sostenible y fijar población en el medio rural.

Con la Renta Básica habrá personas que quieran Trabajar en los trabajos donde más se pague, habrá personas que se sientan realizadas al poder quedarse en casa cuidando de su familia, esto que ahora puede ser un lujo para muchas personas, mientras que para otras puede significar una carga, pero esto será voluntario, no obligado por la coyuntura del mercado de trabajo.

Esta es la libertad que otorga la RB. Si alguien trabaja más y gana más y se siente más feliz por tener una casa más grande porque no va poder hacerlo, o viceversa si uno se siente satisfecho con lo que tiene y la RB, le permite dejar el trabajo y dedicarse a cuidar de su familia o a disfrutar de su entrono, también lo puede hacer gracias a la RB. Pero por eso no se puede pretender que todos ganen lo mismo ya que no trabajan lo mismo ni tienen las mismas necesidades ni las diferentes necesidades cuestan lo mismo.

La Renta básica perfecciona la evolución:

“De cada cual según su capacidad, a cada cual según su trabajo” (Marx, 1875).

“De cada cual, según su capacidad, a cada cual, según sus necesidades”,

En primer lugar es necesario especificar cuáles son las necesidades de cada cual, si cada persona es un ser único cada persona tendrá unas necesidades particulares, habrá personas para las cuales sus necesidades podrían consistir por ejemplo en tener un coche y para otras podría ser tener un barco, ambas pueden tener una capacidad diferente porque se debe de limitar su capacidad con unos ingresos iguales, si se limitan sus ingresos indirectamente se está limitando también su capacidad a la vez que estas limitando o coaccionando sus necesidades.

Hay personas que pretenden que todas las personas obtengan los mismos ingresos, si no trabajan lo mismo, ni tienen las mismas necesidades para que necesiten tener los mismos ingresos, esto no contradice la RB.

La RB, permite ambas cosas pero lo que si exige es que se desarrolle al máximo la capacidad de cada persona cubriendo las necesidades básicas de toda la comunidad a través de la RB.

¿Que hace la Renta Básica?

Como hemos comentado no todas las personas tienen las mismas necesidades ni todas las necesidades cuestan lo mismo. Por ello se debe de cuantificar las necesidades básicas dentro del entorno social y pare ello se parte de la media de los ingresos. La Renta Básica, consiste en una cantidad económica que equivale aproximadamente al 50% de los Ingresos medios.

A partir de ahí cada persona con su trabajo dentro del sistema económico puede colaborar de la forma que estime conveniente, para financiar sus necesidades no básicas, esto no debería tampoco impedir como actualmente ocurre que se satisfagan determinadas necesidades especiales por el estado de bienestar, necesidades obligadas por alguna enfermedad o causa de fuerza mayor.

Este artículo solo pretende ser una reflexión puesto que en la vida actual, nos creamos unas necesidades de cara al futuro que muchas veces nos impiden disfrutar del presente. Y el presente existe, es el aquí y ahora. El futuro aunque siempre parte del presente será o no será.

JOSE MIGUEL

miércoles, noviembre 21, 2007

Cuentos para la Renta Básica Cuento I

Nos han enviado al Blog una anécdota, que puede resultar muy ilustrativa, existen varias variantes de esta historia, pero tiene su moraleja.

Un hombre de negocios norteamericano estaba en el embarcadero de un
pueblecito costero de México cuando llegó una barca con
un solo tripulante y varios soberbios atunes.
 
El norteamericano felicitó al mexicano por la calidad del pescado y le
preguntó cuánto tiempo había tardado en pescarlo.
 
El mexicano replicó:  Oh! Sólo un ratito.
 
Entonces el norteamericano le preguntó por qué no se había quedado más
tiempo para coger más peces. El mexicano dijo que ya tenía suficiente
 para las necesidades de su familia.
 
- El norteamericano volvió a preguntar:
¿Y qué hace usted entonces con el resto de su tiempo?
 
- El mexicano contestó: - Duermo hasta tarde, pesco un poco, juego con
 mis hijos, duermo la siesta con mi mujer, voy cada tarde al pueblo a tomar
 unas copas y a tocar la guitarra con los amigos. Tengo una vida plena y
 ocupada, señor.
 
- El norteamericano dijo con tono burlón:
- Soy un graduado de Harvard y le podría echar una mano. Debería
 dedicar más tiempo a la pesca y con las ganancias comprarse una barca más
 grande.
Con los beneficios que le reportaría una barca más grande, podría
 Comprar varias barcas. Con el tiempo, podría hacerse con una flotilla de barcas  de pesca.
En vez de vender su captura a un intermediado, se la podría vender al
mayorista; incluso podría llegar a tener su propia fábrica de
conservas. Controlaría el producto, el proceso industrial y la
comercialización. Tendría que irse de esta aldea y mudarse a Ciudad de
México, luego a Los Ángeles y finalmente a Nueva York, donde dirigiría
 su propia empresa en expansión.
 
- Pero señor, ¿cuánto tiempo tardaría todo eso?
 
- De quince a veinte años.

  - Y luego ¿qué?
 
- El norteamericano soltó una carcajada y dijo que eso era la mejor
 parte:
 
- Cuando llegue el momento oportuno, puede vender la empresa en bolsa y
hacerse muy rico. Ganaría millones.
 
- ¿Millones, señor? Y luego ¿que?
 
- Luego se podría retirar. Irse a un pequeño pueblo costero donde
 podría dormir hasta tarde, pescar un poco, jugar con sus nietos, hacer la
 siesta con su mujer e irse de paseo al pueblo por las tardes a tomar unas
 copas y tocar la guitarra con sus amigos.

Moraleja: Muchas veces tenemos delante de nosotros la felicidad y no la vemos porque nos queremos comparar con otras personas.

Imaginémonos por un momento que la Renta Básica fuera una realidad, quizás esta historia nos permita vislumbrar el sentido que tiene la Renta Básica, al cambiar todas nuestras relaciones.

Muchas veces nos dejamos llevar por la sociedad, y al final nos tenemos que preguntar si de verdad tiene sentido trabajar para tener más, cuando no se tiene tiempo material para disfrutar y vivir la vida.

martes, noviembre 13, 2007

El NO cantado del Congreso de los Diputados a la Renta Básica de Ciudadanía

Queremos en este Blog, aportar opiniones diferentes de la RB, para ello ponemos un estupendo articulo de Jose Iglesias que nos han hecho llegar unos lectores de este Blog, articulo que defiende la RBis de los Iguales.
Al pasarlo al blog, se han movido las anotaciones, por lo que quien lo desee puede ver el articulo completo en su pagina web: www.rentabasica.net
o en http://www.kaosenlared.net/noticia.php?id_noticia=43171

El NO cantado del Congreso de los Diputados a la Renta Básica de Ciudadanía
José Iglesias Fernández Economista
Ni la prepotencia de los diputados que se hacen llamar señorías, ni la
voluntad de aquellos con saber sometido, son alguien. “En realidad no son nada, tan sólo lacayos de de su propio pensamiento colonizado”. El Parke.
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Congreso de los Diputados: un no cantado a la Renta Básica de Ciudadanía (RBC)
El martes 2 de octubre, el Congreso de los Diputados rechazaba por absoluta mayoría las dos propuestas de Ley, una presentada por el grupo parlamentario de Ezquerra Republicana de Catalunya (ERC), con el título de Renta Básica; y la otra por el grupo parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa por Catalunya Verds (IU-ICV), con el título de Renta Básica de Ciudadanía.2
El abultado NO a las dos propuestas muestra el desprecio de la derechona sentada en el Parlamento burgués hacia todas aquellas propuestas sociales que tengan por finalidad la redistribución de la riqueza producida por la ciudadanía en el sistema capitalista, que vayan más allá de la limosna pública, para que la pobreza no desaparezca y siga cumpliendo el papel que tiene dentro del capitalismo: ser un mecanismo para mantener dominada por el hambre a la clase trabajadora (E. Fromm dixit).
Sin quitarle su mérito, repito, la RBC nace y se elabora académicamente en las aulas de algunas universidades y se expande mundialmente a través de alguna asociación como la Basic Income Earth Network (BIEN); la incluye Zapatero en su Plan Económico cuando lo eligen secretario general del PSOE; la presentan a las Cortes dos partidos de implantación marginal en el Estado y que buscan aparecer en los medios de comunicación proponiendo a esta cámara legislativa que discuta y apruebe la propuesta; y acaba siendo ridiculizada por algunas de sus ilustres señorías, y derrotada en esa misma institución, curiosamente, con los votos añadidos de los parlamentarios del PSOE. La RBC, es una propuesta que, calificada en algún trabajo mío como la RB para el pueblo, pero sin el pueblo, una vez pasado el trámite parlamentario, acaba sin más su andadura política en la cesta de la basura de este órgano legislativo. Agotada la vía parlamentaria, a los académicos y políticos bienpensantes que firman estas dos propuestas ya sólo les queda continuar dando charlas sobre el tema, organizando simposios, publicando artículos, haciendo currículum personal, o esperar a mejor coyuntura política en el Congreso de
los Diputados. Pero ahí se acabó el broquil y a otra cosa mariposa.
Con todo ello, ha de quedar bien claro que este es un proceso de lucha por la RB, que los que proponemos la Renta Básica de los iguales, no compartimos, pero respetamos. Un proceso en el cual, cada una por separado, participan dos asociaciones en nuestro país: la Asociación Renta Básica de Ciudadanía (Arenci) y la Red Renta Básica (RRB). En su día, estas dos asociaciones se congratulaban de conseguir que la propuesta de la RB fuese admitida a trámite en el Congreso,
sin tener muy en cuenta que tal aceptación por parte de las Cortes españolas formaba parte del propio juego institucional. Arenci todavía recuerda este momento y esperaba que los políticos jugasen un papel activo en su aprobación parlamentaria. Con mucho bombo y más platillo, los miembros de esta asociación decían: “El Congreso de los Diputados considera necesaria la creación de una Subcomisión en el seno de la Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales para la elaboración de un estudio sobre la viabilidad económica de una renta básica universal. El Gobierno deberá colaborar con el funcionamiento de esta Subcomisión aportando la documentación e información necesaria para el desarrollo de sus trabajos» […]
El futuro inmediato para el estudio de la «Renta Básica», por parte de los políticos españoles, se vislumbra esperanzador. Esto es así, no sólo por el estímulo que supone el interés creciente en las naciones más avanzadas de Europa por propuestas similares a la nuestra y, por consiguiente, en el Parlamento Europeo”.


1 Colectivos del Parke, Alfafar. Proyecto Comunitario Nosotr@s Mism@s. 2006.
2 Del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana (ERC), de la Renta Básica. «BOCG. Congreso de los Diputados», serie B, número 154-1, de 4 de febrero de 2005. (Número de expediente 122/000134.)
14148. Del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, de Creación de la Renta Básica de Ciudadanía. «BOCG. Congreso de los Diputados», serie B, número 176-1, de 22 de abril de 2005. (Número de expediente 122/000152.)


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De momento, sin un apoyo popular que la reivindique, tendrán que admitir que se
precipitaron y quemaron la idea. La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano fue posible en la medida que hubo una movilización popular, aunque de ella saliese beneficiada la clase burguesa. La consecución de la jornada legal de ocho horas fue posible en la medida que la clase trabajadora fue luchando por ella a lo largo de los tiempos. Hoy están más de dos millones de trabajadores parados porque no se movilizan; y unos siete millones de pensionistas cobran pensiones cuya cantidad está muy por debajo del umbral de pobreza por que no se movilizan. No nos vamos a extender en los ejemplos sino decir que, en el capitalismo, la acción a lo Robin Hood, del héroe que se lo quita a los ricos para dárselo a los pobres, no funciona.
Porque los derechos ciudadanos los gana la gente cuando lucha, y los pierde cuando seabandona.

Es improbable que lo diputados digan NO a la Renta Básica de los iguales (RBis)

Sin embargo, a las gentes de Baladre,4 ámbito diseñador y defensor de la Renta básica de los iguales, no nos sorprende. De alguna manera, para nosotros, este NO estaba cantado, era predicable. En buena medida, este rechazo parlamentario viene a desenmascarar la verdadera naturaleza de las instituciones de la democracia burguesa, viene a decirnos que la filosofía del parlamento capitalista funciona con la finalidad prioritaria de proteger los intereses de las clases propietarias que existen en el capitalismo. Es decir, sirven para indicar a aquellas personas y asociaciones que, aún haciendo un meritorio trabajo para demostrar con argumentos la justificación y la viabilidad de la Renta Básica (RB), la composición de clase, en este caso del Congreso de Diputados, acabó por ignorar los esfuerzos de razonamiento intelectual que contienen. Es decir, casi podíamos predecir cual sería el resultado final cuando los dos textos de la RBC y la RB se sometiesen a votación. La apisonadora matemática dentro del Congreso acabaría rechazándolas por la casi totalidad de votos, contando los noes y las abstenciones, ya que los únicos que votarían sí serían los miembros de los dos partidos que la apoyaban. Y así fue. La ignorancia de sus señorías triunfó sobre el trabajo de los académicos y políticos bienpensantes y acabó con el entusiasmo las dos asociaciones que la apoyaban.5

Son muchas las diferencias conceptuales e ideológicas que distinguen a ambas propuestas la RBC y la RBis. Sin embargo, en este espacio, queremos destacar dos: que las gentes de Baladre, por ser anticapitalistas, su campo político de acción está completamente al margen de las instituciones políticas del sistema; y por tanto, han convertido la RB en la RBis, de forma que fuese un instrumento adecuado para luchar contra el capitalismo.

Naturaleza anticapitalista de la RBis

3 Horacio García Pacios. RENTA BÁSICA EN EL DEBATE POLÍTICO ESPAÑOL (1985-2007):
http://rentabasica.blogspot.com
4 Definido como el lugar de encuentro de colectivos sociales y de personas a nivel individual, que se declaran anticapitalistas, Baladre es una coordinación estatal que contiene colectivos de todo el estado, con diferentes sensibilidades, pero con una voluntad común: la de denunciar la desigualdad, la pobreza y la marginación en cualquiera de sus formas. Los colectivos que participamos en la coordinación de Baladre lo venimos haciendo tanto en luchas sociales puntuales y/o a nivel local, como a nivel global, en movilizaciones estatales e internacionales tales como las Marchas contra el paro, contra la Europa del Capital o contra el Fondo Monetario Internacional. http://www.redasociativa.org/baladre/ y http://www.sindominio.net/renta-basica/
5 Una de las objeciones del diputado Olavarria Muñoz (PNV) es la siguiente: “Quizá me falten algunas clases en la Universidad Autónoma de Barcelona, en la cátedra del señor Raventós, para poder inmiscuirme, para poder realizar una inmersión conceptual más razonable en esto que usted propone”.


Casi merece que le respondamos con un ¡Cállese entonces. Vaya a clases, vuelva y argumente! La prepotencia que da la ignorancia de estos diputados no tiene límite. Y por decir estas simplezas cobran anualmente alrededor de 55.000 euros, unas 7 veces la cantidad que pedimos en la RBis. Queda claro que están ahí para defender a los poderosos.

A recordar como el diputado Tardà (ERC) deja bien claro en su intervención “que el
establecimiento del derecho a la renta básica universal no cuestiona ni ataca al sistema capitalista”, lectura que también suscriben los de la RRB. Sin embargo, nosotros también dejamos bien claro que la RBis nos sirve de instrumento para ir contra el capitalismo. En varios trabajos a disposición gratuita

6 de los lectores se pueden leer los argumentos que demuestran esta capacidad antisistema de la RBis.

Tampoco entramos a discutir con los defensores del capitalismo lo que es demagógico o no. Para los anticapitalistas está claro que los ciudadanos harán con la RBis libremente lo que quieran, pues este ingreso lo perciben por ser un derecho ciudadano, por estar la sociedad obligada a conceder a cada persona, por el hecho de nacer, una cantidad periódica para cubrir sus necesidades materiales. Con el mismo derecho que la duquesa de Alba decide sobre sus rentas, incluido el no trabajar ella y toda su prole, sin que nadie les pida cuentas.
Esta afirmación la dejamos ampliamente argumentada en nuestros trabajos:7
“Esto nos lleva a advertir al lector que la liberación de todos estos cepos ideológicos y políticos se consigue, en la medida que adoptamos como mínimo, el modelo fuerte, o la que comenzamos a llamar la Renta básica de los iguales. Hemos dicho en otro libro anterior, y aquí lo volvemos a reafirmar que, ¿aportar una justificación para ir contra el capitalismo?, indispensable; ¿demostrar la idoneidad de la RB como instrumento para luchar contra el capitalismo?, necesaria; ¿enredarse en una justificación de la RB para sostener el capitalismo?, irrelevante.
Coincidiendo con este análisis, encontramos otro autor que se manifiesta en líneas similares, pero con respecto a la viabilidad: dice que la implantación de la renta básica “no exige previamente cálculos presupuestarios de factibilidad; pues no se trata, una vez más, de un dispositivo de gestión socialdemócrata de la miseria sino del instrumento fundamental para debilitar la coacción salarial; una protección verdadera y social contra el chantaje de la exclusión, un freno a la rebaja del coste del trabajo pero también al desarrollo de formas de trabajo de mierda”.8
Los diputados cobran la renta básica universal y se la niegan a la ciudadanía
Entre Karl Marx, Karl Polanyi, y posteriormente Erich Fromm,9 nos recuerdan a quien
queramos leerlos como el hambre en las personas es la causa que da lugar al empleo asalariado: el hambre genera el trabajo, y el trabajo asalariado supone una cantidad de plusvalor que se apodera el empresario. “En general, únicamente el hambre puede espolear y aguijonear (a los pobres y a los trabajadores) para obligarlos a trabajar […] El hambre no es sólo un medio de presión pacífico, silencioso e incesante, sino también el móvil más natural para la asiduidad y el trabajo; el hambre hace posibles los más poderosos esfuerzos, y cuando se sacia, gracias a la liberalidad de alguien, y cuando se sacia, gracias a la liberalidad [de la renta básica universal], consigue fundamentar de un modo durable y seguro la buena voluntad y la gratitud”. De esta
última parte no quieren oír los diputados. Son más partidarios de seguir las enseñanzas de Bentham, quien propone la pobreza de la gente para defender el hambre como sanción física o disciplina para que la población busque empleo asalariado: “En la medida que la fuerza de la sanción física es suficiente, la utilización de una sanción política resultaría supérflua […] Lo único que se necesita es un tratamiento científico y económico de los pobres”.10
Cuando los diputados de las Cortes, sean conservadores, socioliberales o socialdemócratas, están rechazando cualquier propuesta de RB, lo que están imponiendo a buena parte de la población es a que acepte empleos de mierda, con temporalidad abusiva, salarios de sobre vivencia, condiciones laborales con alta mortalidad, jornadas inacabables, sin vida familiar, y demás problemas laborales.11
Su opinión es que nada de rentas básicas, y menos universales, 6 Véase www.rentabasica.net . Todos los materiales están a libre disposición del lector.


7 Especialmente en José Iglesias Fernández. ¿Hay alternativas al capitalismo? La renta Básica de los iguales. Baladre / Zambra. Xátiva, 2006.
8 Antonella Corsani y Maurizio Lazzarato. La renta garantizada como proceso constituyente. Multitudes.
5/2/2005
9 Erich Fromm. Sobre la desobediencia. Paidós. Barcelona 1984.
10 Karl Polanyi. La gran transformación. Las ediciones de la Piqueta. Madrid 1989.
11 Los diputados olvidan tres principios que E. Fromm exige para que haya democracia directa completa, democracia como libertad, iniciativa y espontaneidad: Uno. “Podríamos llamar a este nuevo orden socialismo democrático, pero, en verdad, el nombre no interesa; todo lo que cuenta es el establecimiento

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sino la gente no querrían ir a trabajar para que los empresarios se apropien de la riqueza (el plusvalor) que producen. Si no se produce, cierto que la población no tendrá como sobrevivir, pero esta medida también incluiría a los empresarios, los diputados y senadores, y al resto de los políticos. El papel de los diputados en la Cámara consiste, mayormente, en aplaudir varias veces al día al jefe del partido que habla en ese momento, y votar las leyes que propone su partido.12 Por este trabajo, los diputados si que cobran la renta básica: nada menos que siete veces la que cobraría el ciudadano si hubiesen dicho si a la RBis. Otro ejemplo es el del Presidente de la Cámara de Diputados, que cobra casi 13 veces más la renta básica. (Para otros cargos públicos, véase el Cuadro Desigualdad remunerativa 2007, en el Anexo). Este mismo rechazo a considerar podemos encontrarlo seguramente en el resto de las instituciones administrativas del Estado. Por ejemplo, el Director general de Relaciones Externas de la Generalitat Valenciana, Gauden Villas, a quién podríamos aplicar su lenguaje y decir que cobra una renta por el mero hecho de
respirar, sin pegar un palo al agua, no se sonroja cuando dice que “en una reunión a la que, lamentablemente, aún no pude asistir, decidieron proponer un salario de gorra universal”.13 Lo que todos estos políticos cobran del erario público lo justifican diciendo que es por los servicios prestados a la población, mientras que si la población cobrásemos una RBis de lo que contribuimos nosotros mismos al erario público, entonces a esto lo llaman no dar un palo al agua. ¡Mantén diputados que te sacarán los ojos! Es su papel, defender a los pobres ricos del pretendido abuso de los pobres.

La RB como instrumento anticapitalista
Para defender la base productiva del sistema, allí donde se origina y se apropia de una buena parte de la riqueza que se genera diariamente, el capitalismo se apoya en cuatro sistemas: el político, compuesto por las cámaras legislativas y los gobiernos en sus diversos ámbitos; el jurídico, compuesto por los tribunales y el cuerpo de leyes; el militar, compuestos por los diversos ejércitos y la fuerzas de seguridad y del orden; y el ideológico compuesto por una multitud de instituciones como las escuelas y las universidades, los medios de comunicación, las oenegés que buscan subvenciones, los diferentes credos religiosos, los colegios profesionales,
etc.
Para las gentes de Baladre, la RBis es un instrumento para luchar contra el capitalismo. Si el sistema político del capitalismo paga una renta básica mensual al diputado Olavarría Muñoz de casi siete veces la RBis para defenderlo de los antisistemas, nosotros reclamamos una Rbis para luchar contra el capitalismo.14 El sistema no nos va a financiar para que lo destruyamos. Y como es obvio, tampoco nuestra propuesta puede caer en la tentación y la tontería de dirigirse a la
Cámara de Diputados para que la aprueben los que cobran precisamente para defenderlo. Si admitimos que la institución política sirve para frenar cualquier propuesta que atente contra el poderío del sistema, sería una contradicción por nuestra parte pensar que algo iríamos a conseguir por esta vía.
Lo mismo que el diputado Tardá expresa claramente que la RB no va contra el capitalismo,
exactamente ocurre algo similar cuando leemos el artículo publicado en diario El País

de un sistema económico racional que esté al servicio de los fines de la comunidad. Otro: “Ni podemos hacer concesiones con respecto al nuevo principio democrático, según el cual nadie debe ser abandonado al hambre –pues la sociedad es responsable por todos sus miembros-, ni al miedo y la sumisión, o bien condenado a perderse el respeto a sí mismo a causa del temor al paro y a la pobreza. Estas conquistas fundamentales no solamente han de ser conservadas, sino que también deben ser desarrolladas y fortalecidas”. Para ello “debemos reemplazar la manipulación de los hombres por la cooperación activa e inteligente, y extender el principio del gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo, desde la esfera política formal a la económica”, ejercicio de democracia que los diputados nos han secuestrado mediante
el voto cada cuatro años y sin participación directa en la gestión. El miedo a la libertad. Paidós, 1982.
12 Según el Informe de la Comisión de Labor Parlamentaria, la Cámara de Diputados completa el año con la más baja cantidad de sesiones. Tuvo sólo 8 sesiones ordinarias. Y otras 26 sesiones especiales: la mayoría, intentos de la oposición por sesionar. El jefe de Gabinete fue apenas una vez a dar su informe, cuando debe hacerlo cada dos meses.
13 Gauden Villas. Comunismo del siglo XXI. Levante EMV, 11/10/07.
14 Véase el Cuadro sobre la Desigualdad remunerativa 2007 en el Anexo.

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¿Quién teme a la renta básica de ciudadanía?: En él, los autores del mismo en ningún momento condenan el capitalismo, sino que el motivo que provoca tal escrito consiste en responder a ciertas manifestaciones expresadas por del diputado Olavarria contra la RBC, en los siguientes términos despectivos:
“Destacadas, las estólidas palabras del representante del PNV: “¿Quieren crear el derecho a no trabajar? ¡Es diabólico!” La derecha toda (PP, PNV y CiU) estuvo completamente de acuerdo”.
Y la respuesta a la derecha definida por PP, PNV y CiU, es:15
“Quien se tome la molestia de leer el diario de sesiones de las Cortes, fácilmente advertirá un vivo contraste, de forma y de fondo, en los argumentos cruzados. Joan Tardà (ERC) y Carme García (IU-ICV) expusieron con solidez y sobriedad algunas de las razones que en los últimos 20 años se han ido debatiendo en distintos medios académicos y en muchos foros sociales. Del otro lado, y como si no hubiera tenido lugar esa amplia discusión internacional (con la participación, entre muchos otros, de algunos premios Nóbel de economía y de reconocidos filósofos), piruetas verbales escurriles y pseudocríticas que no se avilanta a esgrimir ya nadie que conserve intacto el sentido del autorrespeto intelectual. Principalmente, ésta: “¡la gente no trabajaría!”.16
El resto del artículo no dice nada nuevo pues se dedica a repetir los argumentos a favor de la ética y la viabilidad financiera de esta propuesta de RB, aspectos que el diputado Tardá y la diputada Carme García habían expuesto brillantemente en la comisión parlamentaria, pero que las señorías de la oposición, recuerdo, incluidos los diputados del PSOE, no quisieron escuchar.
En cuanto a los apoyos exteriores a la propuesta defendida por Carme García La Renta Básica, los de Arenci remarcan muy claramente que en ningún momento proponen una democracia horizontal, sin parlamentos verticales, como defendemos en Baladre, porque “en una sociedad democrática no es posible establecer la «Renta Básica» sin contar con los políticos; porque ellos integran, o aspiran a integrar, el gobierno de las corporaciones locales y autonómicas, y el poder legislativo nacional o de la Unión Europea. A ellos, como representantes de la soberanía popular, les corresponde hacer las leyes oportunas”.17
Por tanto, los debates parlamentarios debiéramos clasificarlos como los clásicos diálogos de sordos. Nadie escucha a nadie, sino que lo que cuenta es la apisonadora aritmética: el que más votos tiene decide, con o sin razón, pues no es esto lo que se persigue en aquella majada, corral, redil o aprisco, o como el lector quiera clasificar al parlamento capitalista. Claro que esto parece ser lo que ocurre también en el seno de la asociación RRBC. En el artículo, los autores se dedican a refutar al diputado Olavarria ignorando que, por lo menos entre los aludidos hay otra asociación, Arenci, que está como ellos presente apoyando la propuesta defendida por Carme
García de IU-ICV. El sentido propietarista de la Renta Básica en el Estado español por parte de los miembros de la asociación RRBC no conoce límites. Quizás por que, al definir el territorio español como Reino de España, consideran que este espacio les pertenece como únicos propietarios. Seguramente, al resto de las asociaciones o personas individuales como yo, estudiosos o defensoras del tema, nos consideren unos intrusos en esta materia.
Algo que debemos aprender los de la RBis de este NO de Las Cortes
Más arriba, comentábamos como el sistema político es uno de los pilares de defensa del capitalismo. Por tanto, la gente que reivindicamos la RBis no podemos incluir en nuestro proceso a estas instituciones. Porque, entre otros aspectos, y aunque los políticos de la derecha ya lo saben, debemos saber que las señorías del PSOE, por mucho que algunos proceden de una
15 No explican porque exculpan a la derecha amiga, el PSOE, del mismo comportamiento, dado que los autores mismos reconocen que “el partido del gobierno, que cuenta entre sus diputados con veteranos partidarios de la idea (por ejemplo, el ex-ministro Jordi Sevilla), aparentemente, dejó caer la propuesta”.
Texto citado.
16 Antoni Domènech es catedrático de Filosofía Moral en la Facultad de Ciencias Económicas de la UB.
Daniel Raventós es presidente de la Red Renta Básica y autor de Las condiciones materiales de la libertad
(El Viejo Topo, 2007). El País. 5 octubre del 2007.
17 Horacio García Pacios. RENTA BÁSICA EN EL DEBATE POLÍTICO ESPAÑOL (1985-2007):
http://rentabasica.blogspot.com


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izquierda histórica, todos han aprendido rápido “el arte de mentir, engañar, y traicionar”,18 con el objeto de desplazar a la derecha del espacio de poder ocupado tradicionalmente por esta derechona. A su vez, si los académicos y miembros de las asociaciones RRBC y Arenci piensan que estos son los agentes sociales activos para legitimar la RB, si todavía no han descubierto que “el gran político se caracteriza por las soluciones audaces y los saltos en el tiempo”, algo que al menos los de la comisión que “oía” la RBC y la RB no han demostrado”,19 es su problema: ahora
ahí tienen los resultados. Por otra parte, no toda la fuerza del NO es traición de los diputados del PSOE, sino de que los académicos y los miembros de ambas asociaciones son gente de fe y con esperanza en los políticos, porque la caridad ya forma parte de lo que piden en sus versiones respectivas de Renta Básica.
Algunas diferencias entre la Renta Básica de los iguales (RBis) y la Renta Básica de Ciudadanía
(RBC)
Para finalizar, aprovechamos este espacio para incluir alguna aclaración sobre algo que frecuentemente nos preguntan. ¿Cuál es la principal diferencia que existe entre la RBis y la RBC?
Algunas de ellas ya las hemos mencionado en el texto; otras se deducen del mismo. De todas formas, para no extendernos, la principal diferencia, pero no única, es que, para los anticapitalistas que deseamos una sociedad sin clases, la RBis es un instrumento que propone la igualdad entre los ciudadanos como objetivo fundamental primero e último, mientras que las asociaciones y políticos que proponen la RBC no desean cambiar el sistema, “no cuestionan ni
atacan al sistema capitalista”, como subraya el diputado Tardà, sino utilizarla para suavizar la desigualdad que existe entre los ciudadanos dentro del capitalismo. Repetimos, no es lo mismo perseguir la igualdad como objetivo para una sociedad sin clases, que suavizar la desigual existente dentro de la sociedad actual clasista. No es lo mismo proponer una RBis que abiertamente esté en contra del sistema, que una propuesta de RBC que afirma que el capitalismo es el mejor sistema para producir riqueza, y que la cuestión no es destruirlo sino conseguir que el sistema se humanice, mediante políticas de rentas que suavicen las desigualdades que genera.
Volviendo a reconsiderar la finalidad que manifiesta el señor Tardá, la RBC es una propuesta en la cual “la renta básica podría suponer en el siglo XXI para este Estado de bienestar social, o sea, un salto verdaderamente cualitativo en la concepción de ciudadanía social”. Nosotros, políticamente, ya no estamos para ser bomberos del capitalismo ni de legitimarlo a base de humanizarlo mediante limosna pública o medidas sociales, como tampoco estamos para proponer medidas ecológicas para que el sistema se convierta en un capitalismo verde y ético.20
Por tanto, y un definitiva, las diferencias entre ambas concepciones de la RB son
irreconciliables, tanto a nivel ideológico, político como económico.
Anexo
Resultado de las votaciones (Pro memoria)
18 Francisco Umbral. La derechona. p. 54. Planeta. Barcelona 1997.
19 Francisco Umbral. Trabajo citado. p. 79.
20 Véase mi trabajo ¿Eres de los que defienden el capitalismo ético, el capitalismo verde?
En http://www.kaosenlared.net/noticia.php?id_noticia=34488
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 El señor PRESIDENTE: Votación de la toma en consideración de la proposición de ley del Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana, de la renta básica. (Número de expediente 122/000134.)
Comienza la votación. (Pausa.)
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 296; a favor, 16; en contra, 274;
abstenciones, 6. El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
 El señor PRESIDENTE: Votación de toma en consideración de la proposición de ley del Grupo Parlamentario de Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds, de creación de la renta básica de ciudadanía. (Número de expediente 122/000152.) Comienza la votación. (Pausa.)
Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 295; a favor, 15; en contra, 274;
abstenciones, 6. El señor PRESIDENTE: Queda rechazada.
Algunas iniciativas parlamentarias relacionadas con la Asociación Renta Ciudadana (Arenci)
“En una sociedad democrática no es posible establecer la «Renta Básica» sin contar con los políticos; porque ellos integran, o aspiran a integrar, el gobierno de las corporaciones locales y autonómicas, y el poder legislativo nacional o de la Unión Europea. A ellos, como representantes de la soberanía popular, les corresponde hacer las leyes oportunas”.
“El programa electoral de Los Verdes para las elecciones generales de 1993 llevó en cabeza el «Salario universal Garantizado», nombre que, entre otros, recibía entonces la hoy «Renta Básica» […]ARENCI desarrolla desde 2003 una intensa campaña para llevar el debate de «Renta Básica» a la opinión pública y al mundo político e institucional. Dª Carme García, diputada nacional del grupo Izquierda Verde (IU-ICV) nos abrió la vía parlamentaria; es trabajadora social de profesión y muestra una gran sensibilidad ante el problema de la «dependencia económica» de los desempleados, especialmente mujeres y jóvenes. Así, después de diversas gestiones que refiere Ramiro Pinto en el cuaderno “TASA RB. Estudio sobre la financiación de la Renta Básica” (León, diciembre de 2004), la RB entra en el debate sobre el estado de la nación por gentileza de Izquierda Republicana de Cataluña (El País 12/05/2005).
Joan Puigcercós, portavoz de ERC, planteó, en relación con la dependencia, una propuesta que se recogió en el último párrafo de la resolución nº 85, aprobada con los votos del PSOE, Izquierda Verde (IU-ICV), ERC y CC, el 11 de mayo de 2005:
“En Junio de 2006, ARENCI logra introducir la «Renta Básica» en el Parlamento Europeo (petición nº 112/2006). La eurodiputada del PSOE, Dª Elena Valenciano nos brindó su cálida acogida y el asesoramiento burocrático necesario en Bruselas. Como dejé dicho en el cuaderno “Teoría Alternativa. Innovación y Renta Básica” (León, junio de 2006), Por lo general, encontramos más interés y receptividad en políticos de ámbito europeo que en los de nivel local y autonómico”. Testos extraídos de Horacio García Pacios. RENTA BÁSICA EN EL DEBATE POLÍTICO ESPAÑOL (1985-2007):
http://rentabasica.blogspot.com
Desigualdad remunerativa. Diversos tipos de ingresos 2007
Otros Total
%
Variación
%
Variación
7
Anual Mensual ingresos Mensual por debajo por encima
mensuales de la RBis de la RBis
Umbral de pobreza (UP) 12.000,0 1.000,0
SMI 7.984,4 570,6 0,6
Salario medio bruto (1) 16.849,0 1.203,5 1,2
Pensiones
* No contributivas 4.374,0 312,4 0,3
* LISMI 2.098,0 149,9 0,1
* SOVI 4.743,8 338,8 0,3
Contributivas
* Jubilación 8.494,8 606,1 0,6
* Viudedad 6.434,0 459,6 0,5
* Pensión media 10.668,0 762,0 0,8
Remuneraciones oficiales (2)
* Presidente 2.918,6 10.017,2 12.935,8 12,9
* Vice- presidente 2.918,6 3.105,6 6.024,2 6,0
* Secretarios 2.918,6 2.588,7 5.507,3 5,5
* Portavoces 2.918,6 2.829,7 5.748,3 5,7
* Diputados 2.918,6 723,63 3.642,3 3,6
* Alcaldes
Torrelodones 6.531,8 91.445,0 6,5
Lanzarote 5.000,0 70.000,0 5,0
Ourense 5.142,9 72.000,0 5,1
Teruel 3.357,1 47.000,0 3,4
San Sebastián 5.863,6 82.091,0 5,9
* Algunos Personajes
Alberto Ruiz-Gallardón. Madrid 7.195,9 100.743,0 7,2
Esperanza Aguirre. Madrid 5.320,7 74.490,0 5,3
Jordi Hereu. Barcelona 8.385,6 117.398,0 8,4
José Luís Rodríguez Zapatero 89.303,0 7.441,9 10.017,2 17.459,1 7,4
Ministros 78.791,0 6.565,9 6,6
Casa real 8.289.000,0 690.750,0
Fuentes:
(1) Hacienda 2006 e INE 2007
(2) Las tablas de remuneraciones puede ser consultada en
http://www.elmundo.es/elmundo/2006/02/01/espana/1138790718.html#arbol#arbol
http://barcelonaldia.wordpress.com/2007/09/04/alcaldes-de-las-capitales-de-provincia-salario-anual/


Un comentario corto, pero evidente, sobre la desigualdad de algunas remuneraciones en el año 2007, que aparece en el cuadro anterior. Mientras los ingresos de pensionistas, personas discapacitadas y sin recursos están muy por debajo de la línea de pobreza, incluso aquellos que trabajan y sólo perciben el salario mínimo, las remuneraciones de los alcaldes, ministros, presidentes de comunidades y diputaciones, consejeros y miembros de gobiernos autónomos están varias veces por encima de quienes les pagan los salarios. Estas <> son, sin
embargo, las que determinan los aumentos de las pensiones y el SMI. Para ellos se suben por unanimidad anualmente un porcentaje abusivo en proporción al que fijan para las rentas humildes.
José Iglesias Fernández
Barcelona, Octubre del 2007.